SENTENCIARON A 14 AÑOS DE PRISIÓN A UN ABUSADOR DE MENORES EN VILLA MERCEDES – UN CASO ESCABROSO

La Cámara Penal Nº 1 encontró a José Girardi responsable por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores. Deberá cumplir la pena de 14 años de prisión efectiva.

En la Sala de Juicios Orales Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, con sede en Villa Mercedes, se dio a conocer ayer el veredicto en el marco de la causa “B.S.B. – SU DENUNCIA”,donde se investigó la participación de José Girardi en un hecho de abuso en perjuicio de tres menores, ocurrido en Villa Mercedes. El hecho se denunció en la Comisaría del Menor de Villa Mercedes, en el año 2011. 

El tribunal conformado por el Dr. Sebastián Cadelago Filippi -Presidente- y los Dres. Virna Milena Eguinoa y Hernán Herrera – Vocales- resolvió declarar a José Girardi autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de menores y lo condenó a sufrir la pena de 14 años de prisión efectiva. Asimismo, los jueces resolvieron rechazar el pedido formulado por la defensa de mantener la prisión domiciliaria y ordenaron el traslado al Servicio Penitenciario.

El veredicto:

Villa Mercedes (San Luis), once de abril de dos mil diecinueve.

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por los arts. 356 y siguientes del nuevo Cód. de Procedimientos Criminales, SE RESUELVE: 1)- Declarar a GIRARDI JOSE ORLANDO, DNI Nº 8.314.110, con demás datos personales obrantes en autos, como AUTOR penalmente responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE (art. 119, segundo párrafo del C.P.) en perjuicio de I. B. E. B., ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE y CORRUPCION DE MENORES en CONCURSO IDEAL (arts. 119, segundo párrafo, 125 primer párrafo y 54 del C.P.) en perjuicio de M. N. L., y de CORRUPCION DE MENORES (art. 125 primer párrafo del C.P.) en perjuicio de R. G. F., todo ello en CONCURSO REAL (art. 55 del C.P.) y condenarlo a sufrir la pena de CATORCE (14) AÑOS DE PRISIÓN efectiva, accesorias legales y costas procesales. 2) RECHAZAR el pedido subsidiario formulado por la defensa, relacionado a mantener la prisión domiciliaria del acusado.3) REVOCAR la prisión domiciliaria que viene cumpliendo conforme Auto Interlocutorio N° 971 de fecha 21/09/2013 y ORDENAR su inmediato traslado a la Penitenciaría Provincial. OFICIESE a sus efectos.

Protocolícese, hágase saber y oportunamente remítanse bajen.

Fdo. Dres. EDUARDO SEBASTIAN CADELAGO FILIPPI- VIRNA M. EGUINOA – HERNAN D. HERRERA. – Por ante mí que doy fe Dr. GUILLERMO LUONI.

Juzgan escabroso el caso de violación en Villa Mercedes

(Por Eduardo Gargiulo).- En la causa “B.S.B. - Su denuncia”, se investigaba a un hombre por un abuso cometido en perjuicio de tres menores, en el año 2011. Este jueves a las 12:30 hs. se dará a conocer el veredicto.

El miércoles pasado en horas de la mañana, la Cámara Penal Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial recepcionó los alegatos de las partes.

El tribunal estaba conformado por el Dr. Sebastián Cadelago Filippi -Presidente- y los Dres. Virna Milena Eguinoa y Hernán Herrera – Vocales-. Como Secretario de Cámara actúa el Dr. Guillermo Luoni.  Como Fiscal de Cámara actúa el Dr. Néstor Lucero y como Defensora de Menores, la Dra. Yesica Agüero.

El hecho que se investigaba se denunció en la Comisaría del Menor de Villa Mercedes, en el año 2011. Según los dichos de una de las víctimas, un vecino del barrio, José Girardi, los condujo a él y a un amigo, a un canal, donde habría consumado el abuso. Además, los amenazó para que no contaran lo sucedido.

Según los testimonios aportados en la causa, el hombre, desplegaba estrategias para acercarse a niños y adolescentes. Les daba regalos o pequeñas tareas para realizar en su domicilio, mediante los cuales buscaba acercarse a ellos para satisfacer sus deseos sexuales.

En primer lugar, alegaron los Dres. Laura Capobianco y Alberto Mariani, en carácter de particulares damnificados. La Dra. Capobianco, hizo un relato de los abusos sufridos por las víctimas y se refirió a las “consecuencias tremendas” de esos delitos en perjuicio de los niños. En relación al acusado, dijo que “se ganaba la confianza de ellos haciéndoles regalos o entregándoles dinero”.

El Dr. Mariani realizó un análisis de la prueba incorporada al expediente y aseguró que el testimonio de las víctimas tuvo lógica, coherencia y lucidez. Respecto al acusado, consideró que para el mismo los niños eran “objetos sexuales”. Solicitó se aplique la máxima pena por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante y por corrupción de menores agravada.

A continuación, la Defensora de Menores, Dra. Yesica Agüero,  consideró que en materia probatoria, surgió la existencia de diversos hechos de abuso sexual que involucran al acusado. Por otra parte, aseguró que los hechos relatados por las víctimas, constituyeron una prueba fundamental. “No hay falseamiento, ni simulación, escuchamos testimonios desgarradores en el debate”, dijo. Solicitó para el acusado la pena de 14 años de prisión de cumplimiento efectivo.

El Fiscal de Cámara, Dr. Nestor Lucero, dijo que fácticamente los hechos investigados sucedieron, tal cual fueron descriptos por las víctimas durante sus testimonios. “Los niños fueron objeto de abuso sexual”, dijo.  A su vez el fiscal, se refirió a la situación de poder y económica en la que se encontraba el acusado, condiciones que utilizaba para someter a los menores.  Lo calificó de perverso y sádico. Solicitó la pena de 15 años de prisión efectiva.

Por último, el defensor del acusado, Julio César Fernández Triches, cuestionó las pruebas aportadas por los particulares damnificados y citó jurisprudencia, con la resolución de causas donde se absolvió a los acusados en causas de abuso, por el beneficio de la duda. Solicitó al Tribunal, en caso de condenar a su defendido, se le conceda el beneficio de prisión domiciliaria atento su estado de salud “grave y peligroso”.

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