SE REANUDARON LOS TÉRMINOS PROCESALES Y LA ACTIVIDAD JUDICIAL CONTINÚA NORMALMENTE MEDIANTE TELETRABAJO

La modalidad de prestación del servicio de justicia mediante teletrabajo por parte de los agentes judiciales se extenderá hasta el 11 de junio de 2021, inclusive.

Debido a la continuidad de la emergencia sanitaria por coronavirus y en virtud de la prórroga del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 334/2021, DECNU-2021-334-APN-PTE hasta el 11 de junio del corriente, el Superior Tribunal de Justicia prorrogó las disposiciones del Acuerdo N° 188/21 en el cual se establece que la justicia continuará prestando servicios normalmente en toda la provincia de forma virtual, de lunes a viernes, en el horario de 8:00 a 14:00 hs.quedando reanudados los términos procesales.

Esta medida, que se mantendrá hasta el 11 de junio de 2021 (inclusive), extendió la vigencia del “Protocolo de Prestación del Servicio de Justicia durante la Pandemia por virus Covid-19” anexo en el referido Acuerdo.

Cabe mencionar que para los actos procesales presenciales, entendidos como los que ineludiblemente por su naturaleza deban así desarrollarse, por no poder efectuarlos mediante la utilización de medios tecnológicos u otras circunstancias, el magistrado/a o funcionario/a responsable designará el número mínimo e imprescindible de agentes, que no se encuentren comprendidos en los grupos de riesgo, o sean caso positivo, sospechoso o contacto estrecho de casos positivo de COVID-19, para que concurran al solo efecto del desarrollo de tales actos.

Por su parte, los Juzgados del Fuero Penal y Correccional y los funcionarios del Ministerio Público de turno, así como los Juzgados de Violencia, los Juzgados con competencia en Niñez y Adolescencia y las oficinas de Recepción de Denuncias, garantizarán la prestación del servicio de justicia, además, con la concurrencia presencial mínima.

A continuación, se publica el contenido del Acuerdo N° 202/21, que establecen las medidas vigentes en todos los tribunales de la provincia de San Luis:

ADM 10426/21

“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2021”

A C U E R D O N ° 2 0 2 .

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En la Provincia de San Luis, a VEINTINUEVE días del mes de MAYO de DOS MIL VEINTIUNO, los Sres. Ministros del Superior

Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, ANDREA CAROLINA MONTE RISO, JORGE OMAR FERNANDEZ y CECILIA CHADA, ausente la Sra. Ministro, Dra. DIANA MARIA BERNAL.-

D I J E R O N :

Visto el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 334/2021, DECNU-2021-334-APN-PTE, de fecha 21/05/2021, por el cual se prorroga, en los términos del mismo, el Decreto N° 287/21 hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive.-

Que por Acuerdo N° 188, de fecha 14 de Mayo de 2021, se determinó en forma excepcional, dada la intensificación de la emergencia sanitaria, que desde el día lunes 17 de mayo de 2021 (inclusive) al día 30 de mayo de 2021 (inclusive), la actividad judicial continuara desarrollándose exclusivamente con trabajo remoto en los respectivos domicilios de cada personal (magistrados, funcionarios y agentes), de lunes a viernes de 08 a 14 hs., conforme a la organización y supervisión que, en su ámbito competencial, efectúen los Magistrados, Secretarios o Responsables de cada Organismo.-

Que asimismo, tal Acuerdo dispone que “...Los Juzgados del Fuero Penal y Correccional y los funcionarios del Ministerio Público de turno, así como los Juzgados de Violencia, los Juzgados con competencia en Niñez y Adolescencia y las oficinas de Recepción de Denuncias, garantizarán la prestación del servicio de justicia, además, con la concurrencia presencial

mínima”.-

Que ha finalizado la suspensión de los términos procesales dispuesta para los días 26, 27 y 28 de mayo de 2021, por Acuerdo N°196/2021, con motivo de las medidas que se establecieron para los días 22 a 30 de mayo de 2021, por DNU Nº 334/2021 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional, para aquellas provincias y/o aglomerados que se encuentren en situación de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario, a las que adhirió la Provincia de San Luis mediante Decreto Nº 2596 -JGM-2021.-

Que por lo expuesto, y dada la continuidad de la situación epidemiológica y de emergencia sanitaria motivada en la Pandemia por virus COVID-19, se estima conveniente mantener, hasta el día 11 de Junio de 2021 inclusive, las disposiciones del Acuerdo N° 188/2021 y la aplicación del “PROTOCOLO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE JUSTICIA DURANTE LA PANDEMIA POR VIRUS COVID-19” anexo al mismo, sin suspensión de los términos procesales.-

Por ello, de conformidad a lo dispuesto en los arts. 214 incs. 3, 5 y 6 de la Constitución Provincial, y 42 incs. 4, 5, 9 y 10 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia, y con habilitación de día y hora;

A C O R D A R O N :

I) PRORROGAR las disposiciones del Acuerdo N° 188/2021 y la aplicación del “PROTOCOLO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE

JUSTICIA DURANTE LA PANDEMIA POR VIRUS COVID-19” anexo al mismo, hasta el día 11 de Junio de 2021 inclusive, quedando reanudados los términos procesales.-

II) RECORDAR conforme a lo establecido por Acuerdo N° 188/2021, cuya prórroga se dispone precedentemente ante la continuidad de la intensificación de la emergencia sanitaria, y a los fines de su estricta observancia, que la actividad judicial continuará desarrollándose exclusivamente con trabajo remoto en los respectivos domicilios de cada personal (magistrados, funcionarios y agentes), de lunes a viernes de 08 a 14 hs., conforme a la organización y supervisión que, en su ámbito competencial, efectúen los Magistrados, Secretarios o Responsables de cada Organismo.-

Para los actos procesales presenciales, entendidos como los que ineludiblemente por su naturaleza deban así desarrollarse, por no poder efectuarlos mediante la utilización de medios tecnológicos u otras circunstancias, el Magistrado o Funcionario responsable designará el número mínimo e imprescindible de agentes, que no se encuentren comprendidos en los grupos de riesgo, o sean caso positivo, sospechoso o contacto estrecho de casos positivo de COVID-19, para que concurran al solo efecto del desarrollo de tales actos.-

Los Juzgados del Fuero Penal y Correccional y los funcionarios del Ministerio Público de turno, así como los Juzgados de

Violencia, los Juzgados con competencia en Niñez y Adolescencia y las oficinas de Recepción de Denuncias, garantizarán la prestación del servicio de justicia, además, con la concurrencia presencial mínima.-

III) DISPONER que por Secretaría Administrativa se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en el link “Acuerdos” y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia por un (1) día.-

Con lo que se dio por terminado el presente acto, disponiendo los Señores Ministros se comunique a todo el Personal y Organismos del Poder Judicial de la Provincia, al Ministerio de Justicia, Gobierno y Culto y por su intermedio al Comité de Crisis, al Ministerio de Ciencia y Tecnología, a la Jefatura Central de Policía, al Sindicato de Judiciales Puntanos, a los Colegios de Abogados y Procuradores de las tres Circunscripciones Judiciales, al Colegio de Magistrados y Funcionarios de la ciudad de San Luis y a la Asociación Sanluiseña de Jueces de Paz.-