HABLA LA ABOGADA DEL CASO QUE SIENTA JURISPRUDENCIA

(Por Eduardo Gargiulo).- Entrevista exclusiva. La Dra. María de los Ángeles Tapia patrocina a la menor que demandó a su tío por abuso sexual y cuya prescripción fue declarada inconstitucional. 

La letrada, que se desempeña en la Tercera Circunscripción Judicial, expresó su beneplácito por la resolución del Superior Tribunal de Justicia que recovó un fallo de segunda instancia que había ratificado la prescripción de una causa de abuso sexual, en perjuicio de una menor. 

Entrevistada por Apuntes de San Luis sobre este caso que se inició en el Juzgado de Instrucción Penal, Correccional y Contravencional de la Tercera Circunscripción Judicial en el 2017, la abogada recordó que la víctima hoy tiene 21 años, pero cuando hizo la presentación tenía 18. Y los abusos denunciados por parte de su tío ocurrieron en octubre del 2005, cuando tenía sólo 6 años de edad. "A esta altura sabemos que no es presunto, sino que es un abusador", dijo en forma contundente.

El informe pericial psiquiátrico-psicológico confirmó que existían indicadores de Abuso Sexual Infantil, por lo que el agente fiscal Roberto Silvestre entendió que existían motivos de sospecha y solicitó la detención e indagatoria del imputado. 

Por su parte, el Defensor del imputado peticionó la prescripción de la acción penal y el Juzgado de Instrucción hizo lugar a esta solicitud, valiéndose del principio de la retroactividad de la ley, falló que fue luego ratificado por la Cámara Penal de la Tercera Circunscripción Judicial. 

“Los fallos se basaron en que las leyes que nosotros citábamos eran posteriores al hecho y por lo tanto no se podían aplicar al imputado por haber ocurrido con anterioridad a la aprobación las mismas, no tomando en cuenta que éstas tenían jerarquía constitucional y están dentro de la Constitución Nacional del año ´94”, expresó la Dra. Tapia. 

“Lo mismo nos ocurrió cuando apelamos la resolución a la Cámara Penal” –agregó-. “Los jueces opinaron de igual modo, salvo el Dr. (Sergio) de Battista, que opinó similar a lo que planteábamos, en cuanto a que estaba vigente la Ley Piazza, entre otras”. 

La letrada señaló que el falló “les abrió una luz de esperanza” para fundar y presentar un recurso de inconstitucionalidad, que “por suerte el STJ hizo lugar, teniendo en cuenta toda la normativa nacional y los tratados internacionales, que tienen raigambre constitucional, porque están reconocidos en el Art. 75. Inc. 22 de la Constitución Nacional”. 

“Este fallo deja sin efecto la prescripción sobre la acción”, explicó, al tiempo que adelantó: “Una vez que la causa vuelva al juzgado original que investigaba, a cargo del juez penal (Jorge) Pinto, pediremos que prosiga la investigación en el punto que estaba, es decir que solicitaremos la detención e indagatoria del imputado”. 

Por otra parte, reveló que el sospechoso también tiene abierta otra causa paralela por “abuso simple”, estimando que en dos meses podría llegar a juicio oral. 

Finalmente consideró que esta resolución del STJ sienta jurisprudencia y “constituye una herramienta que deja en claro que aquí lo que importa son los derechos y el tiempo de la víctima”.

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