EL JURY A LA DOCTORA SILVINA LAFUENTE INICIA EL 2 DE JULIO

(Por Eduardo Gargiulo).- Así lo confirmó el Superior Tribunal de Justicia. La primera audiencia está fijada para las nueve de la mañana en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia.

EL 2 de julio a las 9 horas dará inicio en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia, el Jury de Enjuiciamiento a la Dra. Silvina Verónica Lafuente, Juez Titular del Juzgado de Familia y Menores Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial en los autos caratulados: “SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA REMITE ACTUACIONES: JUZGADO DE FAMILIA Y MENORES Nº 2 DE LA 2º C.J. EXPTE. ADMINISTRATIVO 430/15”. EXPTE Nº 3-S-17. JUR. 10/18”.

Asimismo, el Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de San Luis dio a conocer el marco comunicacional que el proceso tendrá, pudiendo el mismo ser televisado durante su parte inicial (lectura de la acusación y contestación), los alegatos de las partes –si las mismas prestan expresa y previa conformidad- y la lectura del veredicto, aunque puede disponerse en cualquier momento el corte de la trasmisión si las circunstancias así lo ameritan.

En este contexto, el  Honorable Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de San Luis entiende que la divulgación de algunos elementos probatorios, como así también de la declaración de la Dra. Lafuente y la de de los testigos, mientras se lleve a cabo el proceso, puede entorpecer el normal desenvolvimiento del juicio.

Causales

El Jurado de Enjuiciamiento admitió por unanimidad en marzo último constituir causa a la jueza de Familia y Menores N° 2 de la Segunda Circunscripción, Silvina Verónica Lafuente, quien percibirá el 50% de su remuneración mientras enfrente el proceso.

Lafuente fue denunciada por falta de cumplimiento de sus responsabilidades en casos de “estricta consideración” y “maltrato a empleados”, entre otras acusaciones.

La magistrada quedó expuesta en setiembre del año pasado, cuando el Superior Tribunal de Justicia efectuó una auditoría en el Juzgado de Familia y Menores 2 de Villa Mercedes, que detectó distintas irregularidades.

El acuerdo 585 del Superior Tribunal de Justicia ordenó entonces remitir el resultado de la auditoría hecha por los ministros Omar Uría y Carlos Cobo al Jurado de Enjuiciamiento, para que determinen si la magistrada incurrió en alguna de las siguientes causales de destitución previstas por ley provincial 0478-2005: ineptitud o negligencia demostrada en el ejercicio de sus funciones, incumplimiento de los deberes inherentes a su cargo y morosidad en el ejercicio de sus funciones.

Según el texto de la acordada, en la inspección de los ministros “se constató que en el momento de constituirse en el referido juzgado los señores ministros Omar Uría y Carlos Cobo el 1 de septiembre de 2017 a las 8:45, la señora Silvina Verónica Lafuente aún no había concurrido al organismo, conducta esta que sería habitual en la misma, según los informes de las secretarias de ese juzgado”.

La auditoría detectó que en el Juzgado de Familia y Menores existía una mora más que evidente: 135 escritos electrónicos pendientes de aceptación, siendo el más antiguo de fecha 5 de septiembre; 551 escritos electrónicos aceptados en los que no se registran en los expedientes proveídos o actuaciones posteriores; 98 expedientes pendientes de recepción, en mesa de entrada, proveniente de otros organismos; y, por último 2267 expedientes en la dependencia Despacho.

Antecedentes

Lafuente ya enfrentó un juicio político hace tres años por su polémica intervención en una causa por abuso sexual en la que decidió liberar al acusado que había recibido una sentencia condenatoria en un juicio de responsabilidad.

La jueza del juzgado de Familia y Menores Nº 2 de Villa Mercedes dispuso la absolución del procesado”, Ortega Gerardo Hilario, e inmediatamente pidió su libertad al servicio Penitenciario de San Luis donde se encontraba alojado.

El imputado había sido hallado culpable en forma unánime al termino del juicio oral  por la Cámara Penal   N° 2 de Villa Mercedes  el 24 de abril de ese año, por el  delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal y Abuso Sexual Gravemente Ultrajante”.

Por ser el agresor menor de edad (17 años) al momento de cometer el hecho y pese a  haber sido encontrado penalmente responsable del abuso sexual con acceso carnal agravado por una cámara penal, la causa pasó a la jueza Lafuente para dictar sentencia. Y La jueza dictó su fallo: Absolverlo respecto a la aplicación de pena.

Para este segundo jury a la magistrada, el Jurado de Enjuiciamiento resolvió adoptar el sistema de archivo digital de video grabación, firmado digitalmente por la Secretaria del Jurado, que tendrá el mismo valor que el acta labrada manualmente.

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