EL JUEZ LEANDRO ESTRADA CUMPLIÓ CON LA ACCIÓN DE VINDICACIÓN

(Por Eduardo Gargiulo).- Casi ocho años después de asumir el cargo de Juez de Instrucción Penal N° 2, Leandro Estrada se hizo presente esta mañana ante la Oficina de Recepción de Denuncias para ejercer el deber de la acción de Vindicación que establece el art. 28 de la Constitución Provincial, ante la acusación por extorsión que le hizo el encarcelado senador provincial Ariel Rosendo.

Con el patrocinio del abogado Pascual Celdrán, en la presentación el magistrado indica haber tomado conocimiento a través de los medios de un escrito en el que Rosendo le atribuye la comisión de un hecho ilícito, “que consistiría en la petición de que me entregara la suma de 30.000 dólares (…) entre otros agravios que surgen del documento”.

“Como consecuencia de ello, vengo a ejercer la acción o acusación de vindicación que prevé el art. 28 de la Constitución Provincial, en el cual se establece que todo funcionario público a quien se le imputan delitos cometidos en el desempeño de sus funciones, está obligado a acusar para vindicarse”.

“En este sentido, insistiendo en que carezco del documento original, dejo una copia en este acto, titulada ´Carta Abierta´, fechada el 29 de octubre de 2020, Servicio Penitenciario Provincial”.

Asimismo, solicita que sea llamado a prestar declaración testimonial el Sr. Ariel Rosendo, quien se encuentra alojado en el Servicio Penitenciario Provincial, a los fines que reconozca o desconozca el documento en cuestión y en su caso preste declaración testimonial.

Atento al hecho que se le atribuye, el juez Estrada ofrece los siguientes elementos probatorios, a los fines de que se investigue la conformación de su patrimonio: se libre oficio a la totalidad de los bancos locales a los fines de que informen si es titular de cajas de ahorro, cuentas corrientes, cajas de seguridad y demás datos de interés en este sentido; se libre oficio al Registro de la Propiedad Automotor local a los fines de que informen sobre automotores de propiedad del suscripto; por último, se libre oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fines de que informen sobre inmuebles a nombre del suscripto”.

Este juicio paralelo por la acción de vindicación, podría convertirse en un nuevo capítulo del culebrón en que se ha transformado esta causa que, para algunos especialistas del derecho, representa un excelente material de estudio para enseñar el arte de las chicanas y artilugios llevados a su máxima expresión.