La interna del justicialismo de San Luis es un volcán que no cesa de generar sus propios movimientos explosivos a raíz del enfrentamiento que protagonizan sus máximos conductores, Adolfo y Alberto Rodríguez Saá y que mantiene en vilo a los militantes partidarios y al escenario político en general.
Y el episodio nuevo que originó un nuevo movimiento sísmico en el seno partidario fue la decisión del juez Federal con competencia electoral, Juan Esteban Maqueda quien dispuso la suspensión del Congreso Provincial del Partido Justicialista previsto para el 8 de febrero, haciendo lugar a una impugnación presentada por Adolfo Rodríguez Saá, aduciendo que el presidente del Congreso .
Los apoderados legales adolfistas había planteado la medida cautelar innovativa de suspensión de la convocatoria del órgano que presidente Alberto Rodríguez Saá al considerar que su convocatoria era indebida, aduciendo que el presidente del Congreso partidario “carece de absoluta facultades para hacerlo”.
La resolución judicial de Maqueda fue festejada por Adolfo R. Saá y sus seguidores durante un mitin donde, además, el Adolfo se autoproclamó candidato único a gobernador por el Partido Justicialista, advirtiendo que habrá una sola lista de candidatos.
Durante el acto hablaron Alberto Giraudo, Daniel Sosa, el diputado Demetrio Alume, el presidente del Concejo Deliberante de San Luis, Juan Domingo Cabrera, el diputado provincial Juan Pablo Funes, la ex senadora Nacional Liliana Negre de Alonso, Gisella Vertalitis y el intendente de Villa Mercedes, Mario Raúl Merlo,
Ahora se espera la reacción del sector albertista lo cual crea una atmósfera creciente de interrogantes y suspenso en una situación inédita e inesperada, el enfrentamiento de los dos hermanos que se constituyeron en los líderes políticos más poderosos de la historia de la provincia.
El fallo judicial de Maqueda:
JUZGADO FEDERAL DE SAN LUIS
R E S U E L V O:
I-) Por declarada la competencia del Tribunal. Por presentado Adolfo Rodríguez Saa y los Dres. Carlos J. A. Sergnese, Alfredo Francisco Barzola y Mario Oscar Leal en el carácter que invocan, por partes y con constituido domicilio procesal. Por acompañada documental y formulada reserva de derechos.-
II-) Hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por los actores, y en consecuencia, suspender la ejecución de las Resoluciones N°1-CPPJ-2019 y N°2-CPPJ-2019 y la realización del Congreso Provincial del Partido Justicialista Distrito San Luis convocado, ínter se sustancia este procedimiento y se dicte sentencia definitiva. A los fines del cumplimiento de la presente, por Secretaría ofíciese previa caución juratoria que uno de los Apoderados Partidarios actores deberán prestar por ante la Actuaria dejándose constancia en autos.-
III-) Imprimir a la causa el trámite procedimental previsto por el Capítulo III del Título VII de la Ley N°23.298, ordenando correr traslado de la demanda a la accionada por el término de cinco (5) días hábiles de conformidad al Art.65 de la ley citada.-
IV-) Habilitar feria judicial a los fines de la presente resolución y procedimiento.-
PROTOCOLÍCESE Y NOTIFÍQUESE.-
JUAN ESTEBAN MAQUEDA JUEZ FEDERAL