DENUNCIAN GRAVEDAD INSTITUCIONAL POR EL FALLO FAVORABLE A CIANCHINO

Las vocales del Tribunal de Cuentas, Alejandra Martín y Érica Méndez, denunciaron la gravedad institucional del fallo judicial favorable al contador Marcos Cianchino, que a través de un anticipo de sentencia fue devuelto a la presidencia del tribunal, “pasando por encima del órgano competente, el Concejo Deliberante”, según se sostuvo ante la prensa.

Al hacer un racconto de los hechos, la vocal Alejandra Martín contó que “a partir de que el señor presidente del tribunal, Marcos Cianchino, se ausentó sin dar aviso en época de feria, nos hicimos cargo nosotros. Hicimos un fundamento y denunciamos inmediatamente ante el Consejo Deliberante, incluso fuimos a dar explicaciones en la sesión extraordinaria del 4 de febrero. Pese a que esto estaba en estudio en el órgano natural –el Concejo- según establece la Carta Orgánica, el contador Cianchino inició en la Justicia un amparo y el juez dictó un anticipo de sentencia y lo restituyó en el cargo”.

Ahora pasa lo siguiente, se lo restituye en el cargo y a su vez nos corre traslado de la demanda. La demanda fue interpuesta contra el Tribunal de Cuentas de la Municipalidad de San Luis, no fue en contra de la contadora Méndez ni de quien les habla, fue ante una persona jurídica estatal. Por lo tanto, quien debía contestar esa demanda es en representación del Tribunal de Cuentas, yo no estoy demandada ni tampoco la contadora Méndez”.

El conflicto que argumenta Martín es que es el contador Cianchino quien -en representación del tribunal- debería contestar la demanda interpuesta por él mismo, y “no lo puede hacer porque es actor y demandado. Por lo tanto la contadora y yo realizamos trámites para contratar abogados con un escribano para que nos diera el poder y hacer todo lo necesario para representar al tribunal ante la Justicia. Hay una obligación constitucional de brindar el informe a un juez amparista, no se puede no hablar o no contestar. Es de una gravedad judicial muy importante”.

Entonces lo que hemos hecho en orden de contratar abogados y todo lo demás, es absolutamente legítimo, no lo hicimos en nombre propio, sino en nombre del Tribunal de Cuentas que también integramos. Nosotros teníamos 24 horas para interponer recursos, 3 días hábiles para contestar un amparo. Tuvimos que buscar obviamente a distintos abogados, y buscamos un abogado de un estudio confiable, que nos diera seguridad por su experiencia. Es libertad nuestra elegir quien nos va a representar y quien va a defender nuestros derechos. Si nos hubiesen demandado a mí y a la contadora entonces si tendríamos que haber pagado nosotros pero no nos han demandado. El tribunal de cuentas es una persona estatal distinta a sus miembros”, explicó la abogada Martín.

El contador Cianchino empezó con denuncias absurdas e injustificadas, y ante eso nosotros tuvimos que salir a decir la otra parte de la verdad, no iniciamos nosotros esta cuestión. Nosotros somos un órgano de contralor de las cuentas de la Municipalidad, lo único que hemos hecho es trabajar, doble turno, poner el tribunal al día. Hemos iniciado tantos juicios de cuenta y hemos multado a los funcionarios de la gestión Ponce como ha correspondido, y lo podemos comprobar, no hemos ocultado nada”.

Cianchino dice en la demanda penal que se interpuso, que nosotros le usurpamos el cargo, y si él es actor de la demanda, “Marcos Cianchino contra el tribunal de cuentas”, ¿puede él trabajar en un expediente y contratar abogados para que representen al tribunal y le contesten a él la demanda? Obviamente no, entonces ese trámite del contrato de los abogados, de dar poder a los escribanos, lo tuvimos que hacer nosotros”.

En cuanto lo que manifiesta Cianchino de que cuando llego la orden cautelar, no obedecimos y así firmamos algunas órdenes de pago, yo reconocí el error en el expediente al día siguiente y le dije que anulara todo. Bueno, no solo que no lo anulo, sino que cuando fue al Concejo Deliberante no agregó esa actuación”.

Me corre un traslado por 24 horas corridas que revoca todas las actuaciones de cuando contratamos al escribano. Se lo contesto, y le digo ´señor presidente, dígame si va a revocar también la actuación de los abogados y dígame que hacer, cómo defiendo al tribunal´. No recibimos respuesta, lo intimamos, el amparo vencía el día de ayer, motivo por el cual lo volvimos a intimar y él llegó acá a las 22 horas y nunca me dijo si me autorizaba o no a contestar la demanda ni qué hacer”.

El artículo 10 de ordenanza dice que cuando un presidente se ausenta, debe avisar. El artículo 17 inciso 3 dice que ante la ausencia del presidente, uno de los vocales toma el lugar del presidente. No puede quedar sin representación legal el tribunal. Nosotros les avisamos por Whatsapp, por teléfono, que hubo un robo, y el señor

presidente debió venir de donde estuviera y apersonarse acá y hacerse cargo de la situación, no lo hizo. Vino 10 días después”.

Anoche cuando vino a contestar el requerimiento a las 22 horas, nosotras estábamos acá desde las 8 de la mañana, contestamos el amparo porque el señor no me decía que hacer pero yo si se mi obligación constitucional de informarle a un juez sobre el amparo. Contestamos y decidimos irnos. Entonces Cianchino le dijo al secretario que es el asesor letrado, el Doctor Iglesias, que él no tenía llave y que se iba, y lo hacía responsable a él de cerrar la sede. El asesor jurídico nunca tuvo llave de nada, por lo tanto quedo abierto el tribunal y todo el edificio. Tuvo que llamar al 911, tuvo que hacer una exposición y tipo 1 de la mañana logró conseguir una llave de una empleada para poder cerrar, porque el presidente se fue a su casa, y teniendo las llaves de todo no se le ocurrió volver a cerrar como corresponde”.

Cianchino no puede actuar en todos los trámites que hagan a la defensa del juicio, tiene intereses contrapuestos, ¿o quiere decirle a los abogados cómo contestar su propio amparo? ¿Entienden la incompatibilidad? Él es actor y ahora se quiere poner del lado del tribunal que demandó y contestar su propia demanda. Es un absurdo. No se necesita ser persona preparada en derecho para entender esto. Él no puede actuar en su propio juicio. Hay un expediente en el que me equivoqué y pedí que anularan, en lo demás estamos actuando conforme a derecho”.

De la denuncia penal no tenemos ningún tipo de información. Ahora, este actuar suyo, absolutamente contrario a derecho, obstruyendo la posibilidad de que nosotros contestáramos el amparo, además de hacerlo conocer al Concejo Deliberante genera la obligación de nuestra parte de que también lo denunciemos penalmente”.

Toda esta cuestión en definitiva está demorando un poquito el tema del trámite normal del tribunal. Por suerte la actividad que se ha venido realizando hizo que nosotros tuviéramos casi al día el tribunal, entonces la demora es mínima. Yo lo que voy a denunciar son los hechos, los abogados que he contratado me los encuadrarán en la figura antijurídica imputable que corresponda porque él está actuando en un expediente que tiene que ver con la defensa del juicio que él mismo ha interpuesto a una persona jurídica estatal distinta a sus miembros como lo dice el artículo 143 del Código civil y Comercial de la Nación”, concluyó Martín.