CONDENAN POR “PECULADO” A CONOCIDO ABOGADO DE LA AFIP

(Apuntes de San Luis).- Se trata de José Ernesto Cámara, quien el jueves pasado fue condenado por el Tribunal Oral Federal de San Luis a 5 años de prisión.

El delito por el que se acusa al agente fiscal de la AFIP y abogado, José Cámara, es “peculado”, también conocido como malversación de caudales públicos, que consiste en la “apropiación indebida del dinero perteneciente al Estado por parte de personas que se encargan de su control y custodia”, o desvío de recursos.

Pero además también está acusado por “exacciones ilegales”, que se configura cuando un funcionario público «hace pagar a una persona o contribuyente sumas de dinero invocando alguna obligación tributaria que no corresponde».

La figura básica de la exacción está contenida en el artículo 266 del Código Penal argentino, que castiga al funcionario público “que en uso abusivo de su cargo, solicite, exija o haga pagar o entregar en forma indebida ya sea en forma personal o por otra persona, un derecho, una contribución, una dádiva, o cobre más derechos que los que correspondan abonar”.

En este caso, lo que habría hecho Cámara era, en algunos casos, cobrar honorarios en nombre del ente de recaudación, que no correspondían, porque eran juicios de ejecuciones fiscales que se desistían por la AFIP.

En otros casos, cobraba 10% de honorarios cuando correspondía sólo el 5%, y a la AFIP le transfería sólo el 5% quedándose con el otro 5% de manera ilícita. En otros casos, cobraba los honorarios pero no los transfería a la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Cabe aclarar que en su carácter de funcionario de la AFIP, a cargo de las ejecuciones fiscales tributarias, los honorarios de los abogados corresponden que se ingresen al organismo público y es éste el que distribuye y paga los honorarios a todo el plantel del país.

La fuente informó que Cámara continuará en libertad hasta que se agoten los recursos que puede interponer el condenado. Si la Cámara de Casación confirma la sentencia unánime de condena, dictada por el tribunal, la pena deberá cumplirla de manera efectiva, es decir, que quedará privado de su libertad.

Es el primer antecedente en la provincia de hechos que se conocen desde hace muchos años sobre abusos de poder e ilícitos cometidos en la órbita de la AFIP.

Debe añadirse que este caso se disparó por el reclamo que hizo el contador de una contribuyente ante la AFIP, alegando que a pesar de haberle abonado a Cámara los honorarios, el organismo no levantaba los embargos de sus cuentas. El reclamo de esa contribuyente hizo que se generara una investigación, de la que habrían surgido una enorme cantidad de casos que marcaban un “modus operandi” que se extendía a los largo de las últimas décadas.

Como parte de la investigación, se habría efectuado una pericia sobre las causas en las que intervino Cámara en los últimos años, quedando al descubierto más casos de cobros ilícitos. Hasta donde se conoce, el citado abogado se encuentra bajo sumario y aún forma parte del ente recaudador.

Otra causa

Esta investigación estuvo radicada durante años en el Juzgado Federal de San Luis, a cargo del juez Federal Juan Esteban Maqueda, quien concluida la etapa de instrucción elevó la causa a juicio oral, con cerca de 70 casos. El Tribunal Oral Federal encontró responsable de los delitos antes citados a Cámara, dictando una condena de 5 años de prisión e inhabilitación perpetua para el desempeño de cargos públicos.

Posteriormente siguieron ingresando denuncias al despacho de Maqueda, quien al parecer no las acumuló a la anterior causa sino que abrió otro expediente y no continuó investigando, por lo que al crearse el 18 de diciembre pasado el Juzgado Federal de Villa Mercedes, procedió recientemente a remitirlas a su titular, el Dr. Juan Carlos Nacul, por tratarse de hechos ocurridos en la delegación Villa Mercedes de la AFIP.

Según la fuente consultada, los casos que deberá investigar Nacul describen acciones similares a los que ya el T.O.F. consideró como conductas delictivas, por lo que difícilmente podrá apartarse del encuadramiento y/o la interpretación que llevó a aquél tribunal a dictar condena.

También tendrá que lidiar con la presión de los denunciantes, que justificadamente reclaman “celeridad”, dado que se trata de un proceso que se inició en el año 2012.

Finalmente, pudo saberse que esta semana se conocerían los fundamentos de la sentencia.