(Apuntes de San Luis).- El Superior Tribunal de Justicia de la provincia dispuso anular la sentencia por la cual el ex intendente de La Calera Diego Lorenzetti, acusado de ser el intelectual crimen, fue absuelto por el beneficio de la duda; y Edivaldo de Oliveira Pereira y Leandro Vílchez condenados a 22 años de cárcel por ser considerados como coautores materiales del asesinato de Romina Aguilar.
De esa forma se hizo lugar a los recursos de casación interpuestos por la fiscal de Cámara, Marcela Luján Torres Cappiello, y los representantes de los sentenciados, Olga Allende, Iván Coria y Jorge Sosa.
Los jueces del máximo tribunal anularon la sentencia completa, ordenaron que se constituya un nuevo tribunal y se celebre otro juicio y que el expediente vuelva al Juzgado de Instrucción original.
FUNDAMENTOS
Entre los fundamentos, expusieron que el fallo de los jueces José Luis Flores, Silvia Inés Aizpeolea y Jorge Sabaini Zapata realizó «una incompleta integración de las pruebas relevantes por su capacidad de derivación de apoyo del relato, lo que constituye un defecto de fundamentación omisiva, que a su vez, es un vicio de nulidad».
Por lo mismo, el Superior Tribunal afirmó que valoraron «en forma parcial la prueba confesional, incorporada legalmente al proceso y que tiene plena validez debido a que se ha cumplido con cada una de las exigencias normadas».
Respecto a la declaración de Oliveira Pereira en la cual se inculpó, advirtieron que la Cámara hizo «una valoración arbitraria y parcializada de esta prueba» debido a que no extendieron «el valor» de la confesión sobre el marido de la víctima. Y mencionaron que en ese momento, surgió que «la ejecución de la muerte de Romina fue por encargo de Lorenzetti y que les pagaría» $100 mil.
«No se hace ninguna referencia con el hecho investigado, por lo que resulta beneficiado por la duda y si se utiliza para incriminar a Vílchez y De Oliveira, dejando vislumbrar un trato diferenciado en relación a cada uno de los imputados», continuaron.
REPERCUSIONES
Olga Allende, abogada de De Oliveira Pereira, se mostró sorprendida por la decisión. “Celebrar un nuevo debate es algo totalmente asombroso y alarmante”, dijo.
“Indudablemente esto es algo muy importante, porque un nuevo juicio va en contra de las garantías constitucionales. Una persona no puede ser juzgada dos veces por el mismo hecho, creemos que pudo haberse resuelto de otra manera”, opinó la letrada, que dijo no saber aún cuál será la estrategia de la defensa y si coordinará acciones con los abogados de los otros acusados.
Por su lado Jorge Sosa, defensor de “El Bocón” Vilchez, expresó: “Estoy muy conforme con que se haya hecho lugar al recurso de casación presentado. Ahora se deberá dictar sentencia con un nuevo tribunal hábil y allí haremos los planteos correspondientes; obviamente nos vamos a oponer. Sí puedo adelantar que voy a pedir la inmediata libertad de mi cliente, en este momento la condena que se le dio pasó a ser nula, no existe, por lo tanto voy a pedir una excarcelación extraordinaria para él”.
LA SENTENCIA
En julio del año pasado, el Tribunal compuesto por José Luis Flores, Silvia Aizpeolea y Jorge Sabaini Zapata condenó a 22 años de prisión a De Oliveira Pereira y Vílchez por considerarlos “coautores materiales de homicidio simple con el uso de arma de fuego” y absolvió al ex intendente por el beneficio de la duda.
A continuación, la parte resolutiva de la sentencia del Superior Tribunal:
I) HACER LUGAR a los Recursos de Casación interpuestos por la Sra. Fiscal de Cámara Nº 1 (actuación Nº 14482984 del 12/08/2020), por la Defensa de De Oliveira Pereira Edivaldo (actuación Nº 14479088 del 12/08/2020) y por la Defensa de Cristián Leandro Vílchez (actuación Nº 14481637 del 12/08/2020), respectivamente.
II) ANULAR la Sentencia integrada por el Veredicto de fecha 20/07/2020 (actuación Nº 14361127) y Fundamentos de fecha 07/08/2020 (actuación Nº 14430468) del Expte. Principal N° 141984/16, dictada por la que fuera la Excma. Cámara del Crimen Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial.
III) REENVIAR la causa a la instancia de origen para que por medio de jueces hábiles, se conforme un nuevo tribunal y se celebre nuevo debate, con la premura que el caso amerita.
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